Resumen: PRIMERO.- El Servicio Público de Empleo Estatal formula recurso de suplicación contra la sentencia que estima la demanda que formuló doña Alejandra reclamando que la prestación por desempleo reconocida por la entidad gestora en fecha 3 de julio de 2020, se le reconociese por un periodo de ciento ochenta días y no por el de ciento veinte días que se le establecieron en vía administrativa.
Resumen: PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha desestimado la demanda que D. Estanislao dirigió frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la empresa "BETIKO IKASTOLA, SCOOP." y ha confirmado la Resolución administrativa que le denegó todo grado de incapacidad permanente.